Sociedad de la Información y Comercio electrónico

La entrada en vigor de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (Ley 34/2002, de 11 de julio), más conocida como LSSI, vino a regular y a imponer una serie de obligaciones para aquellas empresas cuyas actividades se produzcan en el seno de la red internet o a través de las redes de telecomunicaciones.

Entre algunas de estas obligaciones nos encontramos:

  • Constancia registral del nombre de dominio o dirección de internet.
  • Deber de información general, permanente, de una manera sencilla y gratuita sobre su empresa.
  • Deber de colaboración con las autoridades.
  • Deber de retención de los datos.

Las sanciones establecidas en la Ley pueden llegar hasta los 600.000 euros e incluso la prohibición de actuación en España.

Los servicios de consultoría y auditoría relacionados con la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico comprenden el análisis de estado o situación de hecho en la que se encuentra en la empresa, con el objetivo de examinar si se adapta a las exigencias de la Ley. Dicho análisis conlleva la elaboración de un Informe de Estado, en el que una vez identificadas las deficiencias que pudieran albergar la empresa, se proponen las medidas subsanarías conforme al marco jurídico existente.

El asesoramiento en servicios de internet abarca aspectos cruciales como la contratación electrónica, comunicaciones comerciales, gestión del correo laboral, y políticas legales de comercio electrónico. También incluye la resolución de conflictos y cuestiones fiscales para garantizar la legalidad y seguridad en la actividad empresarial.

En la era de la información, el comercio electrónico no es solo una transacción, es una manifestación de la capacidad de adaptación y evolución de las sociedades modernas

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